Derecho Internacional 4 min de lectura

¿Qué es una zona económica exclusiva y cómo se delimita?

Descubre qué es la zona económica exclusiva, cómo se diferencia del mar territorial y qué derechos otorga a los Estados costeros según el derecho internacional.

En pocas palabras

  • La zona económica exclusiva se extiende hasta 200 millas náuticas desde la línea de base costera.
  • El Estado ribereño tiene derechos soberanos sobre los recursos naturales, pero no soberanía plena sobre la columna de agua.
  • La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 formalizó el régimen jurídico de la ZEE.
  • Los Estados sin litoral no poseen zona económica exclusiva ni plataforma continental.

¿Qué es una zona económica exclusiva y cómo se delimita?

La zona económica exclusiva (ZEE) es un área marítima sobre la cual un Estado ribereño ejerce derechos soberanos específicos para la exploración, explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, presentes en las aguas, el lecho y el subsuelo marino. Esta figura jurídica, consolidada por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) de 1982, permite a los países gestionar actividades como la producción de energía a partir del agua, las corrientes y los vientos.

¿Cómo se diferencia la zona económica exclusiva del mar territorial?

La principal distinción radica en el alcance de la soberanía. Mientras que el mar territorial, que se extiende hasta las 12 millas náuticas desde la línea de base, confiere al Estado una soberanía plena sobre las aguas, el lecho, el subsuelo y el espacio aéreo suprayacente, la ZEE otorga únicamente derechos de soberanía funcional. En la ZEE, el Estado costero tiene jurisdicción sobre los recursos económicos, pero no posee soberanía total sobre la columna de agua, la cual mantiene características de aguas internacionales para efectos de navegación y sobrevuelo.

Esquema de las zonas marítimas según la Convención de la ONU
Representación de las distintas zonas marítimas definidas por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

¿Cuál es la extensión máxima de una zona económica exclusiva?

La ZEE se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia máxima de 200 millas náuticas (aproximadamente 370,4 kilómetros) contadas a partir de la línea de base desde la que se mide la anchura del mar territorial. Esta franja, a menudo denominada mar patrimonial, no incluye la plataforma continental extendida, que puede llegar hasta las 350 millas náuticas en casos geológicos específicos, ni tampoco abarca las aguas interiores.

Mapa mundial de zonas económicas exclusivas
Distribución global de las zonas económicas exclusivas de los Estados costeros.

¿Qué sucede cuando las zonas económicas exclusivas de dos Estados se solapan?

Cuando las costas de dos Estados se encuentran frente a frente o son adyacentes y la distancia entre sus líneas de base es inferior a 400 millas náuticas, las ZEE se superponen. En tales casos, la delimitación debe realizarse mediante acuerdos entre los Estados interesados, basándose en el derecho internacional para alcanzar una solución equitativa. A falta de acuerdo, los Estados suelen recurrir a mecanismos de arbitraje o tribunales internacionales para establecer fronteras marítimas precisas que eviten conflictos sobre la jurisdicción de los recursos.

Mapa del Mar Caribe
El Mar Caribe presenta múltiples áreas de solapamiento que requieren delimitación entre Estados vecinos.

¿Qué libertades conservan otros Estados dentro de la zona económica exclusiva?

A pesar de los derechos exclusivos del Estado ribereño sobre los recursos, todos los demás Estados, sean ribereños o sin litoral, gozan de libertades fundamentales en la ZEE. Estas incluyen la libertad de navegación, la libertad de sobrevuelo y la libertad de tender cables y tuberías submarinos. Estas actividades deben realizarse respetando los derechos del Estado costero y de manera compatible con las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Océano Atlántico e Índico
Las rutas de navegación en los océanos Atlántico e Índico atraviesan diversas zonas económicas exclusivas bajo el principio de libertad de tránsito.

¿Cómo surgió el concepto de zona económica exclusiva?

La idea de una zona económica exclusiva ganó aceptación global durante la segunda mitad del siglo XX como respuesta a la necesidad de los Estados de proteger sus recursos pesqueros y minerales frente a la creciente capacidad tecnológica de las flotas extranjeras. Aunque la Proclamación Truman de 1945 por parte de Estados Unidos fue un antecedente clave, fueron Chile y Perú quienes, en 1947, formalizaron las primeras reclamaciones de 200 millas náuticas. Este proceso culminó con la adopción formal de la ZEE en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982.

Océano Pacífico
El Océano Pacífico fue el escenario de las primeras reclamaciones de 200 millas náuticas en la década de 1940.

¿Qué obligaciones tiene el Estado ribereño respecto a los recursos vivos?

El Estado ribereño tiene la obligación de asegurar, mediante medidas adecuadas de conservación y administración, que los recursos vivos de su ZEE no se vean amenazados por un exceso de explotación. Esto implica determinar la captura permisible de los recursos pesqueros. Si el Estado no tiene la capacidad de explotar toda la captura permitida, está facultado para dar acceso a otros Estados al excedente mediante acuerdos específicos, promoviendo así el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos.

Zona económica exclusiva de la Unión Europea
La Unión Europea coordina la gestión de los recursos pesqueros en las zonas económicas exclusivas de sus Estados miembros.

Sources & Further Reading

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