Historia de España 4 min de lectura

¿Qué fue el Consejo de Aragón y cómo funcionaba dentro de la Monarquía Hispánica?

Conozca la historia, composición y funciones del Consejo de Aragón, el alto tribunal y órgano de gobierno de la Corona de Aragón en la Monarquía Hispánica.

En pocas palabras

  • El Consejo de Aragón fue creado formalmente en 1494 por Fernando II el Católico.
  • Estaba compuesto por un vicecanciller, seis regentes naturales de los territorios, un protonotario y un tesorero general, entre otros oficiales.
  • Fue suprimido el 15 de julio de 1707 por los Decretos de Nueva Planta promulgados por Felipe V.

¿Qué fue el Consejo de Aragón y cómo funcionaba dentro de la Monarquía Hispánica?

El Real y Supremo Consejo de Aragón, también conocido como Consejo Supremo de Aragón o Sacro Supremo Consilio Aragoniae Coronae, fue el órgano permanente creado en 1494 por el rey Fernando II el Católico. Su propósito principal era administrar los asuntos de los estados integrantes de la Corona de Aragón tras la unión dinástica con la Corona de Castilla mediante su matrimonio con Isabel I de Castilla, un acontecimiento que dio origen a la Monarquía Hispánica. Esta institución se convirtió en uno de los pilares fundamentales del régimen polisinodial característico de los dominios de la Casa de Austria y perduró hasta su abolición definitiva a comienzos del siglo XVIII.

¿Cuál fue el origen histórico de su creación?

El Consejo de Aragón tuvo sus raíces en el círculo de consejeros y juristas naturales de los diferentes territorios de la Corona de Aragón que Fernando el Católico reunió tras formalizar la unión dinástica con Castilla. Dado que el monarca pasó la mayor parte de su reinado en tierras castellanas, requirió de un cuerpo especializado que le asesorara específicamente sobre las leyes, costumbres y necesidades de sus propios reinos orientales. En 1494, Fernando el Católico decidió formalizar este grupo de trabajo convirtiéndolo en un órgano colegiado, permanente y dotado de funciones de última instancia jurídica. Posteriormente, el emperador Carlos V confirmó esta institución y su jurisdicción mediante una cédula firmada en Bruselas el 20 de abril de 1522, consolidando su estatus dentro de la administración real.

Mapa histórico del Imperio de Felipe II en 1598 mostrando los distintos consejos territoriales de la Monarquía Hispánica.
El Imperio de Felipe II en 1598, distinguiendo los territorios adscritos a cada consejo territorial en el sistema polisinodial de la Monarquía Hispánica.

Quiénes integraban la estructura y los cargos del consejo?

La máxima autoridad directiva del Consejo de Aragón era el vicecanciller de la Corona de Aragón, un cargo equiparable a la presidencia en el Consejo de Castilla que recaía siempre sobre un jurista encargado de redactar los documentos oficiales emanados del organismo. La estructura principal incluía también a seis regentes u oidores de toga, considerados equivalentes a los consejeros castellanos. Estos regentes se distribuían equitativamente: dos correspondían al reino de Aragón, dos al reino de Valencia y dos al principado de Cataluña, debiendo ser todos ellos naturales de sus respectivos territorios para garantizar la defensa de sus fueros. En distintas etapas históricas, el consejo también contó con representación de Nápoles, Sicilia y Cerdeña. La organización se completaba con un tesorero general de capa y espada, un protonotario que custodiaba los sellos y autorizaba los despachos, un abogado fiscal y diversos secretarios y escribanos de cámara y registro.

Cuáles eran las competencias y jurisdicciones administrativas?

Las atribuciones del Consejo de Aragón abarcaban un amplio espectro de materias que incluían los asuntos de Estado, guerra, justicia y gobierno, además de la provisión de mercedes, beneficios eclesiásticos, arzobispados, obispados, abadías y los hábitos de la Orden de Montesa. El funcionamiento habitual consistía en someter consultas detalladas a la consideración de su majestad, de un modo similar al procedimiento empleado en la Corona de Castilla, para que el rey resolviera lo oportuno. No obstante, quedaban excluidos de esta consulta previa los nombramientos de los oficios menores y anuales de gobierno dentro de los reinos, los cuales se proveían directamente aunque sus privilegios debían enviarse posteriormente para la firma real. Con el transcurso del tiempo y el fortalecimiento del régimen polisinodial de los Austrias, la aparición de nuevos consejos especializados, como el Consejo de Estado o el Consejo Supremo de Guerra, junto con la progresiva intervención de la Inquisición, delimitaron y limitaron de forma parcial las competencias originales del Consejo de Aragón.

Cómo supusieron los Decretos de Nueva Planta el fin del Consejo de Aragón?

Hacia finales del siglo XVII, la administración de la Monarquía de la Casa de Austria se articulaba mediante trece consejos especializados. Sin embargo, el estallido de la guerra de sucesión española y la subsiguiente victoria de la causa borbónica alteraron profundamente este ordenamiento territorial. La decisiva victoria en la batalla de Almansa el 27 de abril de 1707 precipitó la retirada de los partidarios austracistas de Cataluña y permitió al rey Felipe V dictar el decreto del 29 de junio de 1707, mediante el cual abolió los fueros, privilegios y costumbres de los reinos de Aragón y de Valencia. Pocas semanas después, el 15 de julio de 1707, un nuevo decreto suprimió definitivamente el Consejo de Aragón, distribuyendo sus competencias y asuntos pendientes entre el Consejo de Castilla y el Consejo de la Cámara, mientras que los territorios insulares pasaron temporalmente a depender de otras instancias como el Consejo de Italia. De este modo concluyó formalmente la existencia de algo más de dos siglos de historia de este alto tribunal supremo.

Sources & Further Reading

  • Salvador Esteban, Emilia (1988). Valencia en el siglo XVI.
  • Origen de los Consejos de España, su Jurisdiçión y exercicio, British Library, Eg. 338.
  • Casey, James (1988). De reino a provincia: de la Valencia foral a la absolutista (1609-1707).
  • Gómez Rivero, Ricardo (2004-2006). Consejeros de Castilla catalanes (1788-1834). Ivs Fvgit.
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