Historia de España 3 min de lectura

¿Qué fueron las Cortes del Reino de Aragón y cómo funcionaban?

Descubre la historia, composición estamental y evolución de las Cortes del Reino de Aragón desde su origen medieval hasta su abolición en 1707.

En pocas palabras

  • Las Cortes del Reino de Aragón se estructuraban tradicionalmente en cuatro brazos representativos.
  • La institución mantuvo un carácter pactista en la relación jurídica y política entre el rey y los estamentos.
  • Fueron suprimidas definitivamente en 1707 por Felipe V a través de los Decretos de Nueva Planta.

¿Qué fueron las Cortes del Reino de Aragón y cómo funcionaban?

Las Cortes del Reino de Aragón constituían la asamblea de representación estamental del reino durante la época medieval y el Antiguo Régimen, manteniendo una estrecha relación de carácter pactista con la monarquía.

Representación de una asamblea estamental medieval
Asamblea representativa del reino de Aragón.

¿Cuáles son los orígenes históricos y las diferentes corrientes historiográficas sobre su nacimiento?

El nacimiento de la institución de las Cortes genera debate entre los historiadores. Autores como José María Lacarra, Jesús Lalinde Abadía y Antonio Ubieto Arteta consideran como Cortes las asambleas celebradas ya en el siglo XII o en etapas anteriores. Por el contrario, investigadores como Luis González Antón y Esteban Sarasa Sánchez defienden que la institución surge propiamente a partir de 1283, impulsada por la Unión de Aragón para salvaguardar sus privilegios nobiliarios. Las reuniones previas se asemejaban más a la Curia real, donde el monarca convocaba a los ricoshombres para recibir consejo, pero sin la estructura formal de un parlamento estamental.

La Seo de Zaragoza donde se celebraron sesiones de las Cortes particulares
La Seo de Zaragoza, escenario de sesiones plenarias de las Cortes.

Cómo se componían los cuatro brazos de la asamblea?

A diferencia de la división triestamental habitual en otros territorios, las Cortes aragonesas se estructuraban en cuatro brazos diferenciados que se reunían de forma independiente: el de los barones y ricoshombres (alta nobleza), el de los caballeros e infanzones (baja nobleza), el de las universidades o concejos (ciudades y villas de realengo) y el brazo eclesiástico, convocado formalmente a partir de 1301. Cada uno de estos sectores redactaba sus propios greuges o quejas tras escuchar las directrices del rey.

Portada de la obra Forma de celebrar Cortes en Aragón de Jerónimo Martel
Grabado histórico sobre la forma de celebrar Cortes en Aragón, 1641.

Qué papel desempeñaba el Justicia de Aragón en las sesiones?

El Justicia de Aragón ejercía una figura predominante dentro de la asamblea, ocupando un lugar destacado en las gradas del solio real. Su función inicial consistía en actuar como mediador y juez en los conflictos surgidos entre el monarca y los estamentos del reino. Asimismo, controlaba las ausencias injustificadas a las convocatorias y, con el paso del tiempo, llegó a adquirir competencias militares orientadas a la defensa de los fueros y del propio territorio.

Actos de Cortes del Reino de Aragón editados en 1664
Compilación de Actos de Cortes del Reino de Aragón.

Por qué se celebraban las reuniones en localidades como Monzón?

Aunque inicialmente se acordó que las reuniones tuvieran lugar en Zaragoza, los reyes buscaron con frecuencia puntos geográficos intermedios para facilitar la celebración conjunta con las Cortes de otros dominios de la Corona de Aragón. La localidad oscense de Monzón se convirtió en un lugar recurrente debido a su ubicación neutral y estratégica, al encontrarse situada en territorio aragonés pero próxima al Cinca, lo que permitía coordinar las sesiones con representantes catalanes, valencianos o mallorquines cuando se requerían recursos extraordinarios para la Corona.

Blasón de Fernando II de Aragón en la Aljafería
Blasón histórico vinculado a la monarquía de la Corona de Aragón.

Cómo y cuándo concluyó la existencia de las Cortes aragonesas?

Las Cortes del Reino de Aragón mantuvieron su vigencia hasta el año 1707, fecha en la que el rey Felipe V procedió a su supresión mediante la aplicación de los Decretos de Nueva Planta, tras la Guerra de Sucesión Española. Posteriormente, un número limitado de procuradores aragoneses se integró de forma minoritaria en las Cortes castellanas según los usos y costumbres de estas últimas.

Fuentes y Lecturas Recomendadas

  • Sarasa Sánchez, Esteban. El Privilegio General de Aragón. La defensa de las libertades aragonesas en la Edad Media, 1984.
  • González Antón, Luis. Las Cortes de Aragón, Librería General, 1978.
  • Sesma Muñoz, José Ángel. Acta Curiarum Regni Aragonum, Edición de los procesos de Cortes de Aragón.
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